El 31 de diciembre del 2016, el Gobierno publicó un decreto legislativo que simplifica diferentes procesos administrativos, entre ellos, el permiso para lunas polarizadas.
Así, el artículo 7 del Decreto Legislativo 1310 señala que “la autorización para el uso total o parcial de lunas o vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos tendrá vigencia indefinida y será otorgada únicamente al vehículo”.
De esta manera, “se eliminan las autorizaciones otorgadas a los conductores y/o propietarios de vehículos”, reza el decreto.
La modificación también establece que las autorizaciones vigentes a la fecha de su publicación seguirán en vigor de manera indeterminada y se entenderán como otorgadas al vehículo. En caso de que el vehículo cambie de propietario, se deberá solicitar una nueva autorización.
Dirección de Tránsito de pronuncia
Al respecto, la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional Del Perú emitió un comunicado, el 14 de marzo de este año, en el que explicó los casos en los que es válido el artículo 7 del decreto 1310.
Los propietarios de autos que cuenten con permiso para lunas polarizadas con fecha de vencimiento hasta el 31 de diciembre del 2016 deberán tramitar una nueva autorización, mientras que aquellos con caducidad del 1 de enero del 2017 en adelante no necesitarán renovarlo.
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— NeoAuto (@NeoAutocom) 4 de abril de 2017